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lunes, 20 de mayo de 2013
La Referencia Catastral en la Renta 2012
La referencia catastral es el identificador oficial y obligatorio de los inmuebles. Consiste en un código alfanúmerico, formado por veinte caracteres, que es asignado por el Catastro de manera que todo inmueble debe tener una única referencia catastral.
¿Es un documento obligatorio la referencia catastral en la declaración de la Renta?
Es obligatorio cumplimentar la referencia catastral de los inmuebles consignados en la declaración de la renta, sean la vivienda habitual, inmuebles a disposición de sus titulares o cedidos en arrendamiento o por cualquier otro título.
¿Dónde se localiza la referencia catastral de un inmueble?
- Recibo justificativo del pago del Impuesto sobre Bienes Inmueble.
- En las escrituras públicas en las que conste la referencia catastral o mediante información del Registro de la Propiedad cuando figure inscrita.
- Certificado emitido por el Ayuntamiento, en su caso.
- Por internet, accediendo a través de la Sede Electrónica del Catastro o llamando al 902.37.36.35
Enlaces.
- Dirección General del Catastro
http://www.catastro.minhap.es/
- Sede Electrónica del Catastro
https://www.sedecatastro.gob.es/
- Consulta de cartografía, datos catastrales y búsqueda de referencia catastral
https://www1.sedecatastro.gob.es/OVCFrames.aspx?TIPO=CONSULTA
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